miércoles, 27 de octubre de 2010

Contaminación en Salto Grande

Dos vecinos de Colonia Ayuí presentaron ante la sala Civil y Comercial 1 de Concordia un recurso de amparo por contaminación del Lago de Salto Grande, que estaría provocada según ellos por el vertido de residuos clocales sin tratar al agua.





"Después de estar trabajando más de cinco años con el tema ambiental en la zona y la contaminación del lago por coliformes fecales de Colonia Ayuí se hizo una acción judicial, se promovió un amparo en el juzgado Civil y Comercial 1 y se le dio curso”, dijo a Diario Junio Miguel Morel, uno de los denunciantes junto a Fabiana Saicew.
La acción de amparo, dirigida tanto a la municipalidad de Ayuí como al gobierno de la provincia, tiene como objeto “hacer cesar la contaminación por vertidos cloacales sin el tratamiento de depuración adecuado en el embalse”. Además obliga a las demandadas a que presenten, “un plan para la puesta a punto, adaptación, funcionamiento y mantenimiento de la planta de tratamiento de residuos cloacales que será puesto a consideración del experto en la materia”. Incluso, exige un “análisis de nuestras de agua y fango que acrediten el normal funcionamiento de la planta”.
La Sala que acogió el recurso de amparo está integrada por los jueces Liliana Pelayo de Dri, Ricardo Italo Moreni y Justo José de Urquiza. En tanto, los abogados que patrocinan el recurso de amparo son Federico Camaño y Hernán Sauré.
“El problema es que no se están tratando los efluentes cloacales en forma correcta”, acotó Morel. Desde 2006 los vecinos vienen reclamando estérilmente en distintas instancias que alguien ponga freno a la contaminación. “No hemos tenido respuesta y hoy por hoy las lagunas vuelcan crudo los residuos hacia el Lago”, añadió.
En la acción de amparo se incluyeron resultados de muestras llevadas a la Facultad de Bromatología de la Uner de Gualeguaychú. El análisis realizados por el bioquímico Daniel Tanaro revela que “todas las muestras presentaban valores de coliformes totales y coliformes fecales muy por encima de los valores aceptables (valores guía)”.
Los valores guía establecen que deben existir menos de 1.000 coliformes totales/100ml. en aguas para riego; menos de 200 coliformes totales/100 ml para aguas de recreación y, respecto a los coliformes fecales, menos de 100/100 ml para agua de recreación o riego.
En cambio, de la muestra de agua sacada del caño que arroja los vertidos al embalse se obtuvo la presencia de mas de 110.000 coliformes fecales/100ml. El mismo valor se obtuvo de la muestra del efluente hacia el lago.

Debido al contacto con la gran masa de agua del embalse, la tercera muestra -sacada de la costa del terreno de los demandantes- arrojando un valor de 1500 coliformes fecales/100 ml. (los valores guía establecen 100 coliformes fecales/100ml). De la muestra del sedimento y barro tomado en la orilla del terreno se obtuvieron valores iguales a los primeros, más de 110.000 coliformes fecales/100 ml.
Además, en el recurso de amparo se destaca que la contaminación fue constatada por la secretaría de Medio Ambiente de la provincia. Una inspección efectuada por personal de esa repartición en mayo del año pasado reveló que “el sistema no se encuentra funcionando ya que no existe comunicación de líquidos entre la laguna anaeróbica y la facultativa, además de observarse que el caudal de efluente volcado es el que debería ingresar al sistema. Sería conveniente conocer el proyecto del sistema para detectar donde se encuentra la falla o porqué no esta funcionando correctamente”.
El análisis bacteriológico realizado por la secretaria de Medio Ambiente suscripto por el técnico Pedro Miguel Ochoa sobre la demanda biológica de oxigeno (DBO) -mide la cantidad de materia susceptible de ser consumida u oxidada por medios biológicos- reveló que el resultado superaba en cinco veces el máximo permitido. Mientras que desde el punto de vista de la salud pública se encuentra aceptable un agua servida en la que la presencia de DBO sea inferior a 50mg/L, “el análisis determinó la presencia de 310 mg/L”.
Además de la municipalidad de Ayuí, la demanda también apunta a la provincia de Entre Ríos por la ley Provincial de Aguas 9172 “en tanto se le reconoce el dominio y jurisdicción sobre las aguas interestatales”: La provincia tiene “el poder de policía provincial para evitar desequilibrios ecológicos o casos de contaminación con repercusiones peligrosas para el ecosistema, sus componentes o la saludo pública; poder de policía que por omisión, impericia o negligencia, no lo viene ejerciendo tal como lo dispone la misma normativa”.
“El municipio no hizo nada, se habló infinidad de veces, se agotaron todas las instancias por carta, por notas, que constan en el expediente y hasta el momento no han dado ninguna respuesta como también la provincia que tiene el poder de Policía no lo ha hecho”, señaló Morel. Cansados de reclamar sin obtener respuesta, los dos vecinos de Ayuí ahora esperan encontrarla en la Justicia.
Fuente: Diario Junio
http://www.aimdigital.com.ar/ver_noticias.php?id_nota=110172

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