martes, 22 de diciembre de 2009

PORQUE DECIMOS NO A ESTE CODIGO AMBIENTAL

- 1 Porque este código no establece sanciones sobre los violadores de las leyes ambientales vigentes, no los pena ni administrativamente, ni penalmente, ni tampoco a pagar sumas de dinero por sus infracciones ambientales cometidas, que casi siempre son irreparables e irreversibles.

- 2 Porque no prioriza el uso del agua a la población. La constitución provincial nueva impone claramente este derecho cuando dice: “Es un derecho humano fundamental el acceso al agua potable” (art. 85 del C.P.). No obstante este mandato constitucional el “borrador del código penal ambiental de Entre Ríos” que nos quieren imponer dice en su art. 5 “asegurar la mejor calidad de agua potable posible reduciendo los agentes contaminantes”. ¿Qué parámetro es la mejor agua posible? El agua es o no apta para el consumo humano y además el estado no debe “reducir” los efectos contaminantes sino “eliminarlos”.

- 3 ¿Por qué? si la constitución provincial manda a cumplir que “el agua es un derecho humano fundamental” (art. 85) por qué quieren imponer en el art. 11 del borrador de este código ambiental propuesto lo siguiente: “Debemos velar , en especial por el derecho al agua, el suelo y el aire vitales para el desarrollo de la vida humana a todos los habitantes de la provincias, pero respetando la que requieren actualmente el agro y las industrias” (que son justamente los que más contaminan las agua superficiales, subterráneas y secan los acuíferos con sus monocultivos, ejemplo: eucaliptos globulus para Botnia).

- 4 ¿Porque crea un “Consejo Consultor Ambiental” que estará únicamente conformados por todas las entidades gremiales agrarias que son las que han deforestado millones de hectáreas de montes nativos para plantar soja y desertificar las tierras que tenemos prestadas de las futuras generaciones?

- 5 Porque usted no podrá como ciudadano, miembro de una ONG o asociación cualquiera demandar legalmente por “acciones por daños ambientales colectivos”, porque si pierde el juicio “podrá ser condenado solidariamente a los gastos del juicio, honorarios de la parte contraria y al decuplo de las costas” art. 103 del borrador del código ambiental propuesto.

- 6 Porque este código ambiental no establece sanciones a los infractores, ni montos, ni penas, ni legisla sobre sus derechos a decir NO a un emprendimiento o inversión contaminante, ósea usted no gozará de su derecho fundamental que es la licencia social.

- 7 Por que crear el “Instituto de Recursos Naturales” en el art. 83 de este borrador del C.A., además con con rango de Secretaría Ministerial que incluye la dirección de minería, de producción agrícola y desarrollo rural. Y en su art. 84 de este borrador del código ambiental dispone taxativamente “diseñar y ejecutar políticas provinciales de promoción y desarrollo minero, tanto los recursos superficiales (tierra), como los del subsuelo profundo (acuíferos) y los que se encuentran en el lecho de los ríos (tenemos 37.000 kilómetros lineales de ríos para la explotación minera contaminante) y además en el art. 85 manda a este instituto ambiental a “propiciar la efectivización de políticas mineras para su expansión y consolidación”.

Es inadmisible en cualquier código ambiental del planeta que en el mismo “se promueva la actividad minera contaminante y destructiva de pueblos, biodiversidad, tierra, aguas y glaciares en esta América India”.

- 8 Porque la nueva constitución provincial en ninguno de sus cuatro y pocos artículos ambientales impone la obligación ni manda a hacer un código ambiental, si ordena a hacer un ente ambiental. Los abogados especialistas en derecho ambiental aseguran que un código ambiental “es un conjunto de leyes vigentes ordenadas”. En este código propuesto no figura ninguna de las ricas leyes ambientales que tiene vigente la provincia de Entre Ríos.

Gualeguaychú dice NO A ESTE CODIGO AMBIENTAL

FUNDAVIDA

IPODAGUA

ORGANIZACIONES SOCIALES DE GUALEGUAYCHU

Y siguen las firmas individuales

Gualeguaychú dice SI a

- CONTROL Y SANCIONES A LOS VIOLADORES DE LEYES AMBIENTALES

- LICENCIA SOCIAL PROVINCIAL ¡YA!

- REGIMEN SEVERO DE SANCIONES EJEMPLIFICADORAS

Ejemplos a imitar: EL CODIGO AMBIENTAL de la REPUBLICA DE ECUADOR

Art. 433.- El que envenenare o infectare, dolosamente, aguas potables, o sustancias alimenticias o medicinales destinadas al uso público o al consumo de la colectividad, será reprimido, por el solo acto del envenenamiento o infección, con reclusión mayor de cuatro a ocho años y multa de ciento a mil sucres.

Si el acto ha producido enfermedad, la pena será de reclusión mayor de ocho a doce años; y si ha producido la muerte, la de reclusión mayor extraordinaria de doce a dieciséis años.

Art. 437 A.- Quien, fuera de los casos permitidos por la ley, produzca, introduzca, deposite, comercialice, tenga en posesión, o use desechos tóxicos peligrosos, sustancias radioactivas, u otras similares que por sus características constituyan peligro para la salud humana o degraden y contaminen el medio ambiente, serán sancionados con prisión de dos a cuatro años.

Igual pena se aplicará a quien produzca, tenga en posesión, comercialice, introduzca armas químicas o biológicas.

Art. 437 B.- El que infringiere las normas sobre protección del ambiente, vertiendo residuos de cualquier naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, si tal acción causare o pudiere causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el potencial genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será reprimido con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituyere un delito más severamente reprimido.

En el código ambiental propuesto no hay un solo artículo de los 105 propuestos con esta dimensión de sanción ejemplificadora.


http://www.ipodagua.com.ar/

lunes, 21 de diciembre de 2009

La asociación "Salvemos al Río Gualeguay" le responde a la Municipalidad

DICE QUE EL ERROR COMETIDO EN LA DIFUSIÓN DE LOS ANÁLISIS DEL RIO ES "NIMIO" Y REAFIRMA QUE LA CONTAMINACIÓN ES INDISCUTIBLE Y COLOSAL.

Tras el comunicado de la Municipalidad que señala inexactitudes en la interpretación del análisis del agua del río difundido por la asociación "Salvemos al río Gualeguay", la organización ambientalista reconoce que cometió un error material involuntario, pero aclara que ello no afecta la conclusión general de que las aguas están gravemente contaminadas a nivel microbiológico. "Marcar los errores de los demás no está mal. Lo insensato es no asumir las responsabilidades propias, fundamentalmente cuando está en juego la salud de la población", señala el comunicado.
Si bien el parámetro evaluado fue el DQO, y no el DBO, como erróneamente se informó, lo cierto es que respecto de aquel los valores detectados son cinco veces superiores a los permitidos por la ley 6260. En efecto, el análisis detectó un valor de 100 mililitros de oxígeno por litro, cuando el máximo admitido por la ley mencionada es de 20. Otro de los rubros cuestionados es el de Esquerichia Coli, respecto del cual la Municipalidad dijo que sólo se había detectado "presencia". En tal sentido, la Asociación, tomando un concepto de Calidad del Agua de Usos Recreativos de Canadá que es referencia de la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación, aclara que si se detecto conjuntamente E. Coli y Coliformes Fecales, es porque más del 90% del total de C. Fecales son E. Coli. Como en nuestro análisis ocurre eso, la “presencia” de E. Coli se traduce en el 90% de por lo menos 2400 NMP cada 100 mililitros, cuando sólo se puede tolerar, según CARU, menos de 126 NMP cada 100 mililitros.

sábado, 19 de diciembre de 2009

CONFERENCIA-DIFUNDIR "LA VERDAD URUGUAYA"

El dìa lunes 28 de Diciembre en el salòn del CÌRCULO ITALIANO
A las 20.30 hs presentamos la CONFERENCIA del Grupo Interdisciplinario de la R.O. del Uruguay
"LA VERDAD URUGUAYA"

Ampliaremos...

Te esperamos!-
ASAMBLEA CIUDADANA AMBIENTAL GUALEGUAYCHÙ




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ASAMBLEA CIUDADANA AMBIENTAL GUALEGUAYCHÚ

www.noalaspapeleras.com.ar

lunes, 7 de diciembre de 2009

Ley de minería/ Estiman que no se tratará antes de fin de año





El proyecto de ley de minería aún no cuenta con el despacho correspondiente. De este modo, “es muy difícil que se trate antes de fin de año”, informó a AIM el senador provincial César Melchiori (PJ, Islas del Ibicuy), quien destacó: “no nos interesa la celeridad de su sanción, sino que se trate de una norma bien elaborada con puntos claros”.


En diálogo con esta Agencia, Melchiori expresó que “recién se está por elaborar el despacho correspondiente. La ley se encuentra en comisión y a su vez, se trabaja con un grupo de asesores en la elaboración de una norma que nos sirva a todos”.

En este sentido, el legislador admitió: “no nos importa la celeridad de su sanción sino que esté bien elaborada con los puntos bien aclarados. Además, la trabajamos junto a la dirección de Minería”. En tanto, adelantó a AIM que no creen que “se trate antes de fin de año”.

En tanto, aclaró: “este proyecto no contempla la aplicación de impuestos, sólo se trata de informar y tener un conocimiento real del volumen de minerales que tiene la provincia, no es una iniciativa de recaudación”.

“Convocamos a los sectores involucrados como la Cámara de Arena y Piedra. Esta entidad fue la que más colaboró con sus aportes”, dijo y añadió: “sin embargo, “no se convocó a la Asociación Obrera Minera Argentina (Aoma), porque la iniciativa no trata asuntos gremiales; lo que implica es una ley para que la provincia tenga un control y seguimiento exacto de sus recursos”.

El proyecto
El proyecto de ley de minería “implica un cambio total en la cuestión, ya que los permisos de extracción de arenas en los ríos son muy caros. Antes eran por quilómetros y ahora se realizarán por kilómetro corrido. Además, se abaratará el permiso y se insistirá en el seguimiento satelital para tener control de los barcos”.

La recaudación “que antes se destinaba para rentas, será para la dirección de Minería. También se pondrán guías para saber la procedencia y el destino de los minerales en la provincia. Habrá una inscripción de los yacimientos mineros de Entre Ríos para controlar y conocer los yacimientos”.

En este sentido, el legislador sentenció: “antes de esta ley, cualquiera habría un yacimiento y lo explotaba”.
http://www.aimdigital.com.ar/ver_noticias.php?id_nota=97760

Un análisis bacteriológico del río Gualeguay detectó altos niveles de contaminación

Gacetilla Nº13, Asoc. Salvemos al río Gualeguay

El estudio fue encargado por la organización ambientalista “salvemos el rio gualeguay”. además, raffo contestó el petitorio por el rio que firmaron 3000 gualeyos y prometio apoyo para el monitoreo del inti

Un análisis bacteriológico del río Gualeguay, realizado a pedido de la organización Salvemos el río Gualeguay, con muestras extraídas ante escribano público en noviembre en la zona del Club Náutico de nuestra ciudad, detectó valores ampliamente superiores a los permitidos para aguas destinadas a actividades de recreación con contacto directo, según los parámetros elaborados por la Comisión Administradora del río Uruguay (CARU) y que toma como referencia el gobierno de Entre Ríos.

Uno de los parámetros evaluados fue el DBO, que mide la cantidad de oxígeno que los microorganismos, especialmente bacterias, hongos y plancton, consumen durante la degradación de las sustancias orgánicas: cuanto mayor cantidad de materia orgánica contiene la muestra, más oxígeno necesitan sus microorganismos para oxidarla (degradarla). El límite permisible es de menos de 5,6 miligramos por litro, pero el estudio detectó un nivel de 180 miligramos por litro.

Similares resultados se dan respecto del NMP, que mide la cantidad de colonias de bacterias. Respecto de coliformes, el límite permisible es 500 NMP cada 100 mililitros, pero lo detectado fue una cantidad mayor a 2400 cada 100 mililitros. En escherichia coli se puede tolerar menos de 126 NMP/100 ml, habiéndose obtenido en las muestras una cantidad mayor de 2400 NMP/100 ml. También, contra lo exigido en las normas de la CARU, se detectó presencia de pseudomonas.

“En la zona del Balneario Municipal, desde 1997 hasta hoy, según nos informaron desde la Secretaria de Medio Ambiente de Gualeguay, se realizaron, contando el nuestro, siete análisis. Salvo en dos de ellos (que los hizo el gobierno provincial), en el resto los valores obtenidos de coliformes, escherichia coli, pseudomonas y DBO superan ampliamente los valores establecidos por el CARU”, dijo el presidente de Salvemos el río Gualeguay, Ariel Pérez Barrio. Y concluyó: “Los valores por encima de lo admisible que se han obtenidos de DBO afectan la vida de la flora y la fauna, y los de coliforme, escherichia coli y pseudomonas ponen en riesgo de contagio de otitis, diarreas y conjuntivitis a las personas que se bañen en el río”.

Respuesta al petitorio

Mediante una carta firmada por el secretario de Medio Ambiente de la Provincia, ingeniero Fernando Raffo, el Gobierno de Entre Ríos respondió el petitorio promovido por la organización ambientalista Salvemos el río Gualeguay, que firmaron casi tres mil personas y solicitaba informes sobre el estado de las aguas del río.

Raffo señaló que todas las actuaciones de fiscalización de industrias constan en expedientes individuales que se encuentran en la Unidad de Gestión Ambiental del rio Paraná, sita en Laprida 386 de Paraná (industrias ubicadas al oeste del río Gualeguay) o en la Unidad de Gestión Ambiental del río Uruguay, sita en Supremo Entrerriano 108 de la ciudad de Concepción del Uruguay (industrias ubicadas al este del río Gualeguay) y que pueden ser consultados por los interesados. Además, adelantó que está cerca de implementarse el “Programa de Producción Más Limpia” de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, para lo cual se firmo un acuerdo entre los secretarios de Ambiente provincial y nacional y se creó el área de Producción Más Limpia en el ámbito de la secretaría a su cargo.

Además, en una reunión mantenida con miembros de la ONG durante la 3º Mesa Ambiental, el secretario Raffo ofreció su apoyo al plan de monitoreo del río Gualeguay que elabora el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y propuso designar como interlocutor del Gobierno frente al organismo al director del área de Gestión Región Paraná de la secretaría de Medio Ambiente, el Dr. Aníbal Vázquez.

domingo, 6 de diciembre de 2009

LA PAZ, ENTRE RIOS: COMO DE COSTUMBRE NO SE CONSULTA A LOS AFECTADOS

SR(ES) INTENDENTE ,PRESIDENTE HCD.-
FUNCIONARIOS Y ONG.-
POR LA PRESENTE , POR TODOS LOS DATOS QUE SALEN EN LOS MEDIOS....SOLICITO COMO CIUDADANO ,QUE UDS CONVOQUEN A UNA REUNION PARA VER QUE PODEMOS DE LA PAZ APORTAR PARA QUE LA COMISION DEL SENADO, QUE TIENE QUE VER CON PRODUCCION , MÁS LA SECRETARIA DE LA PRODUCCION CON RECURSOS NATURALES ;PUEDA EN LA PAZ REUNIRSE PARA TOMAR NUESTRO PARECER AL RESPECTO DE LA LEY...QUE TIENE MEDIA SANCION,DIPUTADOS ,NUNCA NOS INVITO.-ESTAN EN DEUDA CON LA PAZ,LOS FUNCIONARIOS PORQUE DESDE EL GOBIERNO,VARIAS DIRECCIONES Y RESPONSABLES . NOS PROMETIERON HACE MUCHO TIEMPO YA, A VARIAS INSTITUCIONES ( ONG)
LOCALES PARTICIPAR , INCLUSIVE QUE TENDRIAMOS UN LUGAR EN LA MESA DE TRABAJO Y DE ASESORAMIENTO...LO QUE SI TIENEN ES REPETIDA REPRESENTACION MISMA CIUDAD DISTINTAS ONG , TAMBIEN DE VARIAS CIUDADES ,ESPECIALMENTE LAS DEL SUR Y DE LA PARTE PRIVADA,PARTE DEL PROBLEMA MUY COMPROMETIDA..ELLOS TOMARAN LAS DECISIONES SI SEGURO .- A NOSOTROS NO NOS ESCUCHARON EN NADA , TODOS EN EL NORTE ESPECIFICAMENTE ESTAREMOS AFECTADOS ,EJM LA PAZ , SANTA ELENA Y OTRAS CIUDADES LITORALEÑAS....CUAL LA PESCA SIGNIFICA MUCHO... ESPECIALMENTE LA DEPORTIVA Y LA ARTESANAL .....SIEMPRE LLEGAMOS TARDE.-
SOY SOLAMENTE UNA PERSONA , UN CIUDADANO ,QUE TENGO MUCHAS REUNIONES ANTERIORES ESTERILES Y AHORA FUI A VARIAS REUNIONES ,EXPUSE Y ENTREGUE UN TRABAJO , PARA SER CONSIDERADO EN LA LEY Y NUNCA MAS FUI INVITADO...SOY UN LEGO ,SEGURO .- NO PROFESIONAL DEL TEMA , PERO ES UN TEMA QUE ME INTERESA Y SIGO HACE MUCHO TIEMPO ,SIEMPRE TRATANDO DE CAPACITARME,TRATANDO DE ADQUIRIR IDONEIDAD .- REALMENTE, SRES, NO SOY UN ENEMIGO, NI TAMPOCO DESEO UTILIZAR AL TEMA DE OTRA FORMA O FIN .-PERO LOS SILENCIOS Y MIRAR HACIA OTRO LADO , QUEDAR EN SOLEDAD , NO NOS HARA BIEN ,MASTICANDO SIEMPRE DECEPCIONES .- EN TODO SENTIDO...DEBEN ESCUCHARNOS Y DEBATIR ,NOSOTROS TENEMOS CON QUE DEMOSTRAR , CON FUNDAMENTOS , LO QUE DEFENDEMOS...-NO PUEDE SER QUE SE ESCUCHE SOLAMENTE A LAS EMPRESAS ,LOS MAS PODEROSOS CON MEDIOS ,SOLAMENTE ,INTERESA EL PRESENTE , QUIEREN EXPORTAR Y DAN SI , UNOS MENDRUGOS AL PUEBLO QUE TRABAJA ,LES SIRVE .-YA SEA POR LAS COOPERATIVAS O EL QUE INDIVUALMENTE PESCA CON SU CANOA......ESTAN EMPRESAS ESTAN COMERCIALIZANDO UN RECURSO FLUVIAL,DESDE YA INAUDITO .-(REPITO SOLAMENTE INTERESA LO ECONOMICO Y LO MINIMO DE LO SOCIAL,NO SE PREVEEN LAS CONSECUENCIAS ),ESTOS BIENES ,RECURSOS ICTICOS, SON PROPIEDAD RESERVADA Y DE TODOS SEGUN CONSTITUCION .- HA NOSOTROS NOS DEJAN MISERIAS Y POCO LES IMPORTA MANTENER LA ARMONIA DEL ECOSISTEMA,NO ES LO IDEAL PERO PARA CUANDO HABLAREMOS EN SERIO DEL TEMA DE CONSIDERAR FUERTEMENTE EL TEMA DE ALENTAR, FOMENTAR QUE PARTICIPEN LAS ENTIDADES ECONOMICA FINACIERAS Y EL GOBIERNO ,LAS BANCARIAS DE CREAR LA FIGURA DEL PRODUCTOR ICTICOLA , EN TODA LA PROVINCIA ,DISTINTAS ESPECIES ,QUE HARAN LAS EMPRESAS QUE SE LLEVAN EL RECURSO CUANTO APORTARAN,EN SERIO EL TEMA DE UNA FACULTAD DE ACUICULTURA E ICTIOLOGIA ,LA PAZ LO PIDIO HACE AÑOS Y FUE LA PRECURSORA .-
*** POR FAVOR SRES,FUNCIONARIOS LAPACEÑOS CONSIGAMOS QUE VENGA LA SECRETARIA DE LA PRODUCCION , SU RESPONSABLE MAXIMO , LOS SENADORES DE LA COMISION Y APORTEMOS TAMBIEN SOBRE ESTA LEY QUE CONTEMPLA POCO EL TEMA DE LAS ESPECIES... SOBRE CANTIDADES ,TONELAJE , MAYAS, METROS POR EMBARCACION ,LIMITES .- SOBRE RESPETO A RESERVAS
INTANGIBLES ,TIEMPO DE VEDAS NO CALENDARIAS(EN TODAS LAS ESPECIES) ,EPOCAS DE PIRACEMA ,.- EN ITUZAINGO Y SU REPRESA,LA EMPRESA , EN EPOCA DE REPRODUCCION Y PIRACEMA TIENE QUE MANTENER OBSERVANDO UNA COTA MINIMA,PARA HACER MAS OPTIMO LA REPRODUCCION, (ESTO JAMAS SE PROPUSO Y ES DE LO MAS IMPORTANTE )NECESITAMOS CONTROLAR MAS LOS CONTROLES .-EXITEN MUCHOS ENUNCIADOS , NORMAS POCO PROFUNDAS Y AMBIGUAS ,DEBEN SER MUY CLARAS ,CONTROLES SIMPLES Y CONTUNDENTES,DEJAR DE LADO UNA CANTIDAD DE INTERPRETACIONES POSTERIORES A LA LEY QUE LUEGO DISTORSIONAN EL ESPIRITU DE LA MISMA ,PASA SIEMPRE CON LAS NORMAS ,RESOLUCIONES POSTERIORES QUE DICTAN MUCHOS DIRECTORES Y ESTAS SI SE CUMPLEN Y SE OLVIDAN DE LA LEY .-
POR FAVOR ,SOLICITO TOMAR NOTA TENER EN CUENTA Y AGRADECERIA UNA RESPUESTA,.
** ANGEL BARREDO -ESPAÑA 535 DNI 4992631 .T.E. 03437-421080 Y15414248.-
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION,RECIBAN MIS RESPETOS Y SALUDOS.-

miércoles, 2 de diciembre de 2009

El Senado de Corrientes busca evitar la venta de agua al exterior


Asimismo indicó que estos porcentajes resultan aún más significativos si tenemos en cuenta que las Naciones Unidas (ONU) estima que el Mundo precisará un 17% más de agua atento al crecimiento estimado de la población mundial.Logró media sanción en el Senado el proyecto de Ley presentado por el Senador Horacio Colombo por el que se prohíbe la comercialización y/o venta al Exterior de agua potable extraída de las napas subterráneas pertenecientes a la Provincia de Corrientes. Doce legisladores votaron por el si a esta iniciativa (se obtuvo Vicente Picó) , que especifica que la autoridad de aplicación de la presente Ley, sea el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (I.C.A.A.) ó el organismo que lo reemplace en el futuro. El senador Colombo explicó en sus fundamentos que este recurso como soporte de la actividad biosférica es renovable pero limitado. “El 70% de la superficie terrestre está cubierta por agua, pero solo el 2,5% del volumen total constituye el agua dulce y, de este porcentaje, el 70% se encuentra congelada en los casquetes polares”. Por ello y, afirmó que ante la escasez de agua apta para el consumo humano que se registra en el mundo, debemos tomar conciencia y adoptar los recaudos necesarios para proteger la existencia de la misma, por ser un elemento vital para la vida. Agregó también que “como lo hemos sostenido en muchas oportunidades, el agua tiene una gran importancia como recurso natural y estratégico; y quien la posea, controlará la economía mundial”. Aclaró que “nuestra Constitución Provincial recientemente reformada, ha incluido el Capítulo XI - De los Recursos Naturales normas específicas de protección de los recursos naturales y entre ellos, el agua, tiene una importancia vital, precisamente en Corrientes”. Fuente: Corrientes Noticias www.argenpress.info
http://www.primerafuente.com.ar/nota.asp?id_seccion=3&seccion=&id_nota=54380